Si quiere alquilar su vivienda con seguridad

El Principado de Asturias, por medio del convenio firmado entre la Consejería de  Vivienda y Bienestar Social y la Sociedad Pública de Alquiler, dependiente del Ministerio de Vivienda, pretende, a través del desarrollo del Programa de Promoción del Alquiler de Viviendas, seguir dinamizando el mercado de alquileres de viviendas, favoreciendo la disponibilidad de viviendas en alquiler y disminuyendo los riesgos que, tanto propietarios como inquilinos, perciben en este mercado.

Si usted es propietario:

Ventajas del Programa de Promoción del Alquiler de Viviendas:


  • La Sociedad Pública de Alquiler garantiza la percepción de la renta mes a mes, con independencia del comportamiento del inqulino, desde la firma del primer contrato de arrendamiento hata la extinción y resolución del contrato de gestión firmado por el propietario y la Sociedad, que tendrá una vigencia de cinco años.
  • En caso de que la vivienda necesite una reforma para incorporarse en el Programa  de Promoción del Alquiler de Viviendas, la Sociedad Pública de Alquiler ofrece la posibilidad de gestionar las reformas necesarias y su financiación.
  • La Sociedad Pública de Alquiler garantiza la devolución de la vivienda en las mismas condicones en que fue entregada. Se elaborará un inventario del  estado de la vivienda y del mobiliario con que se entrega en el momento de la firma del contrato con el propietario. Desde entonces la propia Sociedad se encargará de reparar todos los posibles desperfectos ocasionados por los inquilinos.
  • El arrendamiento de la vivienda a través del programa ofrecido por la Socidad Pública de Alquiler libera al propietario de las preocupaciones propias generadas al alquilar una vivienda durante la vigencia del contrato.
  • La Sociedad Pública de Alquiler actuará como intermediario entre propietario inquilino ante cualquier problemática entre ambas partes.
  • La titularidad de la vivienda continúa correspondiendo al propietario.
Condiciones que deben cumplir las viviendas:

  • Estar desocupada, libre de obligaciones de uso y debe cumplir los requisitos establecidos por la ley para ser habitada. (Vivienda con Cédula de habitabilidad en vigor, y no declarada insalubre)
  • La vivienda debe estar en condiciones de entrar a vivir, por lo que será evaluada por un técnico de la Empresa Municipal de la Vivienda, por cuenta de la Sociedad Pública de Alquiler, como condición previa a la firma del contrato. En caso de no estar en perfectas condiciones, se dará la posibilidad de habilitarla con los servicios que ofrece la propia Sociedad.
  • La vivienda debe estar al corriente de todas las obligaciones con las Administraciones Públicas y las corporaciones locales.
  • El arrendador deberá aceptar la suscripción de un contrato por una duración mínima de cinco años.
  • La Vivienda tiene que tener el alta de suministros básicos: agua, gas y electricidad
Puede descargar la solicitud y documentación haciendo clic aquí

Para más infomración visite la página web de la Sociedad Pública de Alquiler.