Ayuda a estudiantes para compartir vivienda 2011
CONVOCATORIA CERRADA.
Programa dirigido a facilitar el acceso a la vivienda compartida a los jóvenes que se desplacen a Gijón para estudiar, o que con motivo de sus estudios quieran independizarse de sus familias.
¿A quién va dirigido?
Jóvenes sin cargas familiares comprendidos entre los 18 y 35 años de edad, ambos inclusive, en la fecha de presentación de la solicitud, y que estén cursando estudios de Formación Profesional o Universitarios en el municipio de Gijón, quedando excluidos estudios de la UNED, Máster y Post-grados.
¿Cuándo y cómo solicitar?
Desde el 1 de septiembre al 31 de octubre de 2011.
Presentación de solicitudes:
-
De forma presencial en la Oficina de EMVISA, Avda. de Portugal nº 84 - Gijón.
-
A través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Gijón
Modelo normalizado de solicitud: Solicitud
Impreso normalizado de solicitud Anexo I: Anexo I
Impreso normalizado de solicitud Aval familiar: Aval familiar
Programa de Ayuda a Estudiantes: Programa Ayuda a Estudiantes 2011
Documentación: Documentación a aportar
Otros datos de interés: Tabla de rentas e ingresos Ayuda Estudiantes
Para acceder a la referencia catastral de la vivienda arrendada haga clic aquí
¿Qué requisitos se deben de cumplir?
-
Residir y estar matriculado en Centros Universitarios o de Formación Profesional ubicados en Gijón, con un mínimo de 40 créditos para estudiantes de licenciaturas, diplomaturas y/o grado o del curso completo para estudiantes de Formación Profesional. Se exceptúan aquellos solicitantes que acrediten estar en el último año de estudios. Una vez percibida la ayuda en este supuesto no podrán acceder a una nueva ayuda. Se excluyen de la Ayuda los estudios que se cursen en UNED, Máster y Post-grados.
-
Carecer de vivienda en propiedad.
-
No haber sido adjudicatario de Vivienda de Promoción Pública.
-
No haber renunciado a vivienda adjudicada de Promoción Pública.
-
No haber sido beneficiario de ayuda o indemnización económica realizada por organismo oficial, o empresa privada, con motivo de abandono de vivienda a causa de actuaciones urbanísticas.
-
Percibir unos ingresos máximos que no excedan 1,5 veces el IPREM (3.494,60€) en el último trimestre.
-
Percibir unos ingresos mínimos que asciendan, en los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud, a 1.200 €. Deberán acreditar en el momento de solicitud disponer de ingresos superiores a 400 € mensuales y de un compromiso de empleo y/o prestaciones por una duración mínima de 3 meses.
-
Se exceptúan de los dos requisitos anteriores a aquellos solicitantes que carezcan de ingresos, o que éstos sean inferiores al límite mínimo establecido en el párrafo anterior, debiendo aportar aval de los padres o tutores en el que se comprometan a abonar la renta por ellos, siempre que los ingresos de la unidad familiar de procedencia relativa al último periodo impositivo con plazo de presentación vencido no superen 3,5 veces el IPREM. El o los avalistas deberán acreditar haber percibido unos ingresos mínimos durante el periodo computado superiores a 3.000 € brutos anuales.
Para poder solicitar la prórroga de la Ayuda deberá justificar el aprovechamiento en los estudios que está cursando, entendiéndose que se produce siempre que haya aprobado, como mínimo, el 50% de los créditos en que hubiera estado matriculado o el número de asignaturas suficientes para pasar de curso en Formación Profesional, o que acredite las causas que le han dificultado dicho logro, siempre a juicio de la Comisión de Valoración del Programa.
¿Qué duración tiene?
La del curso académico que estuviera cursando el solicitante. Meses de octubre a junio. Podrá ser prorrogado anualmente siempre que se justifique el aprovechamiento de los estudios (mínimo 50%), hasta un máximo de 4 periodos académicos (36 meses) para los estudiantes de Grado y Formación Profesional, y de 5 períodos académicos (45 meses) para los estudiantes de Licenciaturas.
¿Qué requisitos debe cumplir la vivienda arrendada?
Estar situada en el municipio de Gijón, incluidos los barrios rurales, y cumplir las siguientes condiciones de habitabilidad:
-
Cocina en uso con fuente de alimentación eléctrica o cualquier tipo de gas, adecuadamente equipada.
-
Cuarto de baño con ducha o bañera.
-
Sistema de agua caliente en funcionamiento y dando servicio al cuarto de baño y cocina.
-
Instalación eléctrica en uso y a 220 voltios, con su boletín correspondiente.
-
Disponer de agua corriente.
-
Saneamiento con vertido a la red general.
-
Ventilación a la calle.
-
Un dormitorio para cada uno de los ocupantes del piso compartido y como mínimo disponibilidad, asimismo, de los siguientes espacios comunes: cocina, salón, y un cuarto de baño.
-
Que la vivienda que se arriende no esté en ningún caso afectada por algún Plan de Ordenación Municipal, Regional o Nacional.
¿En qué consiste la ayuda?
Se abonará el 50% del importe de la renta que le corresponda abonar mensualmente al beneficiario del Programa, cumplidos los requisitos exigidos, durante el periodo para el que se le haya concedido la ayuda.
¿Cuál es el importe máximo de la renta?
-
Vivienda que se comparta con otro joven: 450 €
-
Vivienda que se comparta con otros 2 jóvenes: 500 €
-
Vivienda que se comparta con otros 3 jóvenes: 550 €
Los alquileres de electrodomésticos, mobiliario y enseres de la vivienda, cuando venga diferenciados en el contrato, se considerán parte del alquiler.
Los gastos de Comunidad, así como los de gas, agua, electricidad y contribución no podrán ser incluidos en el importe fijado como Renta de la vivienda y, por lo tanto, no serán subvencionados.





