Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Principado de Asturias

Viernes, 15 de Abril de 2011

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Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Principado de Asturias

Con fecha 14 de abril de 2011 se publicó en el BOPA la Resolución de 4 de abril de 2011 de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda de desarrollo del Decreto 56/2010 de 23 de junio por el que se crea y regula el funcionamiento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Principado de Asturias.

El Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 establece la obligación de que los demandantes de viviendas y financiación acogidas al citado Plan, cumplan con el requisito de encontrarse inscritos en un registro público de demandantes, creado y gestionado de conformidad con lo que disponga la normativa de las Comunidades Autónomas. El citado Real Decreto dispone que para la venta y adjudicación de viviendas adquiridas para uso propio, y las promovidas o rehabilitadas para uso propio o para alquiler, sólo podrá efectuarse a demandantes inscritos en los citados registros públicos.

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Decreto 56/2010 de 23 de junio por el que se crea y regula el funcionamiento del Registro de demandantes de vivienda protegida del Principado de Asturias

Resolución de 4 de abril de 2011 por la que se desarrolla el funcionamiento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Principado de Asturias (RED VIVA)
Palabras clave Vivienda